META NAME="AUTHOR" CONTENT="Dario Artiguenave">

Un sitio destinado a difundir lo que los músicos argentinos hacen. Principalmente del jazz y de músicas afines de raiz folclórica nacional, o latina, desde una visión de libre expansión de los horizontes y las fronteras que cada estilo impone.

6.4.06

todo sigue igual - pero con cambio de mail!!

Hola, hola.
Antes de empezar les quiero comentar que debido a problemas que tengo con la actual casilla por estos días estoy mutando a otra dirección de correo, que será en la que recibiré los correos de ahora en más, así que por favor tenganlo en cuanta para que no haya perdidas de información. Y les pido, por favor, que los mails que me hayan enviado desde el martes en adelante, que me los reenvién a la nueva casilla.
La nueva dirección es darioartiguenave@gmail.com
En la que como siempre podrán enviar todo lo que quieran referente a esta entrañable musiquita.
Bueno ahora sí, a lo nuestro...

FESTIVAL INTERNACIONAL JAZZ EN ABRIL
Mañana se larga la edición número 18 del festival de jazz de Mar del Plata, con una importante cantidad de músicos del exterior y con muchos jazzeros locales de muy buena calidad, y unos cuantos de ellos con enormes trayectorias.
El festival se realizará el viernes 7, sabado 8 y domingo 9 de abril desde las 21 en el Teatro Auditorium (Boulevard Marítimo 2280 – Mar del Plata).
El cronograma será el siguiente:
viernes 7
Doctors Jazz Band – tradicional jazz
Ricardo Pellican Cuarteto – homenaje a Benny Goodman
Sexteto de Jazz La Plata con el baterista Mingo Martino
Enrique Varela e invitados
sabado 8
The Jelly Roll Trío – tributo a Jelly Roll Morton
Cordal Swing con el violinista Sergio Poli
Américo Bellotto con su banda
Laura Hatton
Alfredo Remus y Manuel Fraga – Jazzeando
domingo 9
Mar del Plata Jazz Ensamble – Mainstream
Swing en 4 (Costa Rica) – modern jazz
Ximo Tebar Cuarteto (España)
Ester Andujar Group (España)
Enrique Varela, Americo Bellotto, Laura Hatton, Sergio Poli, Ricardo Pellican, e invitados – cierre del festival
Además de los shows se preveen una serie de actividades complementarias, como el desfile de jazz (jazz parade) que se realizará el sabado 8 por la mañana, alrededor del mediodia comenzando en Peatonal San Martin y Santiago del Estero.
Todos los días
habrá proyecciones de videos de jazz a las 18 a cargo del periodista de jazz Marcelo Martinez Panizza con entrada libre y gratuita en la Sala Gregorio Nachmann (contigua al Foyer del Auditorio). Y el domingo 9 desde las 17 el periodista Nano Herrera brindará una charla denominada “Charlas con un perseguidor” en la que relata el encuentro con Julio Cortazar, Leandro Gato Barbieri, y el cineasta brasileño Glauber Rocha entre otros.
Y ademas habrá jamm session en confiteria Orion (Luro y La costa – Mar del Plata) después de los shows. Las entradas para los shows tienen un valor de 12 pesos, estudiantes y jubilados abonan 10.

NUEVOS ACUSTICOS
Los viernes de abril en el Centro Cultural de la Cooperación (Corrientes 1543 – Capital Federal) se desarrollará el ciclo Nuevos Acusticos que se desarrollarán desde las 21 con el siguiente cronograma:
7 de abril – Duo Alvarez Zabala presentando su disco “Halo de luz”
14 de abril – Duo Maria Elía – Diego Panelas presentan su disco “Atajo”
21 de abril – Sebastian Espósito con “Proyecto Miniaturas”
29 de abril – Georgina Hassan presenta “Primera Luna”
Las entradas tienen un valor de 7 pesos.
En el caso del duo de este fin de semana, Alvarez Zabala, esta integrado por Emiliano Álvarez y Cecilia Zabala se nutre de los ritmos de nuestro país y Latinoamérica, dando lugar a una propuesta de música popular contemporánea. Conviven en sus composiciones tanto el folklore andino como aires de jazz o música clásica. Álvarez en clarinete y clarón, y Zabala en la guitarra, requinto y voz

SOTAVENTO JAZZ BAND
Se presentará este viernes 7 desde las 21,30 en De Peras y Olmos (Sarmiento 3885 esq Salguero – Capital Federal) en el contexto de una cena show que tendrá un valor de 20 pesos.

LA TURCA SOUL BAND
Esta banda cuyo nombre lo dice todo esta sacando a la luz su nuevo disco “Turcaholic” y lo presentará este viernes 7 y 21 de abril en Teatro La Mascara (Piedras 736 – Capital Federal) desde las 21,30.
Proponen el valor de la entrada a 10 pesos, la entrada más el Cd a 17, abono para las dos noches a 18 y el abono más el CD a 25 pesos.

PABLO OLMEDO TRIO
El guitarrista Pablo Olmedo se presenta junto a Marcelo Amoros en bajo y Juan Pablo Santiago en bateria y percusión, estarán en Pago Chico (14 de Julio y Rivadavia – Mar del Plata) este viernes 7 a partir de las 23.

QUIQUE FERRARI CUARTETO
Otra fecha del ciclo que se realiza en el Pabellón Central de la Facultad de Agronomía (Av San Martin 4533 – Capital federal), desde las 18.
Este sabado 8 la propuesta es la del cuarteto del bajista de Azul Quique Ferrari quien está acompañado por la guitarra de Pablo Passini, la batería de Colo Maddio, el saxo de Nicolas Tigri y en esta fecha estará como invitado el tecladista Andres Beeuwsaert. Ferrari presenta los temas de su primer disco “Grave” y material que compondrá su segundo CD que está terminando de grabarse.
El ciclo continuará todos los sábado en el mismo lugar y en el mismo horario con:
15 de abril – Guadalupe Raventos Tierra Negra
22 de abril – Satch Big Band
29 de abril – Diego Penelas – Maria Elia
Las entradas para el ciclo tendrán un valor de 10 pesos, 7 para estudiantes y 5 para alumnos de agronomía.

HOT CLUB DE BOEDO
Se presenta este sabado 8 comenzando a las 20 en el Auditorio de la Biblioteca Obrera Juan B Justo (Av La Plata 85 – Capital Federal), estarán como invitados los integrantes de Buenos Aires Swing.

RAMIRO PENOVI TRIO
Este sabado 8 desde las 21,30 se presenta en De Peras y Olmos (Sarmiento 3885 esq Salguero – Capital Federal). Cena show con entrada a 20 pesos.

TOCAYA TIERRA Y FULANAS TRIO
Este sabado 8 en el Teatro Municipal de Olavarría se presentan desde las 21,30 el grupo Tocaya Tierra integrado por Fernando Chiodi en guitarra y voz, Pablo Vitale en batería y Leonel Cejas en bajo; y Fulanas Trío integrado por Vilma Wagner, Silvina Cañoni y Cecilia Picaroni, ambas agrupaciones realizan música argentina y latinoamericana y ambas también presentarán temas de sus últimos discos.

PABLO LEDESMA
El saxofonista se presenta en formato de trío con Ezequiel Dutil en contrabajo y Martin Lambert en batería, estarán este sabado 8 desde las 22 en La Enseña de las Tres Ranas (Diag 78 entre 8 y Plaza Rocha - La Plata)

JAZZ MAS JAMM
Mas ciclos de jazz, en este caso el de La Blanquiada (Salta 135 - Capital federal) a partir de las 22 como todos los sabados.
8 de abril – Gordoloco Trío
15 de abril - Francisco Rivero y el Swingteto
22 de abril – Cosa de Negros + Valentín Reiners Trío
29 de abril – Pipi Piazzolla Trío

MAMMY BLUES
Laura Brangeri en voz, Martin Cicala en batería, Toto Mayorano en bajo y Daniel Di Bello en piano, se pondrán en escena este sabado 8 desde las 22,30 en la Casona del Teatro (Corrientes 1975 – Capital Federal). Las entradas a 10 pesos.

JAZZ A LA CARTA
El sabado 8 comienza a las 22,30 en el Café Martinez (Av Pedro Goyena 891 esq Barco Centenera – Capital Federal). El derecho de espectáculo es de 5 pesos.

MARIA PUGA LAREO TRIO
Como parte del ciclo del Museo Renault (Av Figueroa Alcorta esq San Martin de Tours – Capital Federal) se presenta este sabado 8 la cantante Maria Puga Lareo acompañada por el combo de Hernan Jacinto en piano, Adrian De Filippo en contrabajo y Roberto Nuñez en batería. Comienza a las 23 y no se cobra derecho de espectáculo.

RAMOS GENERALES
El trio de Corradini-Sanjurjo-Romairone actuarán en Pago Chico (14 de julio y Rivadavia – Mar del Plata) desde las 23 este sabado 8 con su repertorio de música argentina con influencias de las músicas que trajeron los inmigrantes.

CICLO DE CANCIONES
Los sabados abril desde las 23,30 se realiza el ciclo de autores en Templum (Ayacucho 318 casi Corrientes – Capital Federal) en este caso con la última fecha de la rueda que estará a cargo de Ezequiel Borra con “Desde el Placard” este sabado 8.
Ezequiel Borra en guitarra y voz, Pablo Paz guitarra y otras cosas, Martin Pantuso en bajo y voz, con los invitados Sol Lorenzatti en amor, Juan Suarez en trompeta y quizá y Alejandro Franov quizá...

PABLO PORCELLI ENSEMBLE
El trompetista se presenta los sabados de abril en el Club del Vino (Cabrera 4737 – Capital Federal) desde las 24,30.

CHACAREREAN TEATRE
Este domingo 9 se realizará en el Chacarerean Teatre (Nicaragua 5565 – Capital Federal) un recital combinado con el grupo de Nacho de la Riega y el de Silvia Aramayo con entradas unificadas para ambos.
Desde las 20,30 estará Nacho de la Riega en rodhes y voz, Alvaro Torres en teclados y voz, Martin Pantuso en bajo y voz, Colo Maddio en batería y Sebastian de la Riega en guitarra
A partir de las 22 Silvia Aramayo en teclados y voz, Tochi Opiecksonek en guitaras y coros, Maria Ines Maddio en coros y teclados, Federico Boaglio en bajo y Colo Maddio en batería, como invitado Fabricio Ortelan en percusión.

TIPICA Y JAZZ
Se presentan este domingo 9 desde las 21,30 en Los 40 bar de tapas (Thames esq Costa Rica). El derecho de espectáculo es de 3 pesos.

JAZZOLOGÍA 2006
La segunda fecha del ciclo que se realiza con entrada libre y gratuita en el Centro Cultural San Martin (Sarmiento 1551 – Capital Federal) en la 22° temporada consecutiva. En la sala Enrique Muiño desde las 20,30.
Este martes 11 el escenario estará ocupado por la Delta Jazz Band con música de New Orleans, banda dirigida por el trompetista Rodolfo Yoia que cumplirá 38 años de trayectoria.
El repertorio incluye rags, stomps, spirituals y blues.
Las entradas se deben retirar con 2 horas de anticipación.

Gracias por todo y nos encontramos en la proxima entrega
Recuerden el cambio de email a darioartiguenave@gmail.com
Darío Artiguenave

4.4.06

Seguimos adelante

Que tal amigas y amigos de la musiquita?
Aquí les traigo algunas datas para la semana.

DOS PROPUESTAS EN NECOCHEA
La ciudad bonaerense de Necochea tiene dos propuestas jazzísticas para este miercoles 5, se llama “Noche con sabor a Jazz” y comienza a las 21 con una charla a cargo del periodista de jazz Nano Herrera, a lo que le seguirá alrededor de las 22 la presentación de Onix Jazz Quartet, con Fernando Mange, Luis Perez, Gistavo Gomez y Mario Rossi.
Las actividades que están auspiciadas por Radio Maestra de esa ciudad se realizarán en Espacio Teatral Che Borges (calle 61 N° 2545 – Necochea)

MIERCOLES DE JAZZ GOURMET
En el restaurant y bar Santo Pecado (10 entre 46 y 47 – La Plata) han comenzado un ciclo de los miercoles, en el que cobinarán comida gourmet con jazz.
La primer fecha será este miercoles 5 con “Elegante Sport Trío” con Sergio Raffaelli en guitarra, Diego Gomez en bajo y Omar Farias en batería, más la presencia de músicos invitados.
El miercoles 12 estarán en escena “El Vuelo Subterraneo”, una banda de jazz fusión con Hernan Baum en guitarra, Chicho Bernardi en piano, Fernando Nuñez en flauta traversa y Federico Mateos en batería.
No se cobra derecho de espectáculo, y quienes reserven la mesa con anterioridad tienen la bebida gratis, y habrá 2x1 para los que vayan a tomar una copa.

LA CAMORRA
Hugo Asrin en contrabajo, Luciano Jungman en bandoneón, Sebastian Prusak en violín, Jorge Kohan en guitarra y Nicolas Gurschberg en piano, forman esta agrupación dedicada al tango que se presentará en el ND Ateneo (Paraguay 918 – Capital Federal), el jueves 6 desde las 21, para poner en consideración su reciente disco editado por MDR y que lleva el nombre de “12 Postales”.

RICARDO CAVALLIRicardo Cavalli en ocasion del festival de jazz de Claromeco- Foto: Toqui Carlomagno
El saxofonista presentará temas originales que son el adelanto de uno de los tres discos que el saxofonista está preparando para lanzar en pocos meses más.
Estará este jueves 6 desde las 21,30 en el Jazz Boyeur Club del Melia Recoleta Plaza Boutique Hotel (Posadas 1557 – Capital Federal).
Cavalli estará acompañado por el guitarrista Marcelo Kitay y por el baterista Eloy Michelini con quienes grabará estos temas que presentará el jueves.

MARIANO OTERO ORQUESTA
El contrabajista continúa con el ciclo de fechas de los jueves de abril en Notorious (Callao 966 – Capital Federal) a partir de las 22 para presentar su proyecto más reciente, una orquesta de jazz con 13 músicos, que hacen música música original escrita y arreglada por Mariano Otero, y según cuentan tiene influencias de Mingus, Holland, Gil Evans, Maria Schneider y Duke Ellington jugando a su vez con el groove y el swing.
Para esta ambiciosa orquesta hay una selección de músicos que logran una combinación de juventud y experiencia: Juan Cruz de Urquiza en 1ra trompeta y fluguelhorn, Mariano Loiácono 2da trompeta y flugelhorn, Enrique Norris en corneta, Juan Canosa trombón, Rodrigo Dominguez 1er saxo alto y soprano, Ramiro Flores 2do saxo alto, tenor y clarinete, Carlos Lastra 1er saxo tenor y clarinete, Mario Cerra 2do saxo tenor, Pablo Puntoriero saxo barítono, Miguel Tarzia en guitarra, Francisco Lovuolo piano, Pepi Taveira batería, y obviamente Mariano Otero en contrabajo.
Las entradas cuestan 18 pesos

PARA ESCUCHAR POR RADIO
El periodista y crítico de jazz Nano Herrera nos hace saber de sus audiciones basadas en profundizar sobre esta música.
Las Cepas y su Trama – los lunes de 2,30 a 5 por Radio Nacional (AM 870). El estudio sobre el origen de distintas músicas en América.
Misteriosa Ciudad – de lunes a viernes de 20 a 22 por Radio Ciudad de Buenos Aires (AM 1110). Comentarios sobre la actividad musical en Buenos Aires.
Alrededor de Medianoche – los sabados de 20 a 22 por FM La Isla (FM 89.9). Entrevistas y análisis.
Gillespie Hotel – de lunes a viernes de 23 a 24 por FM Rock and Pop (FM 95.9). Nuevo huesped en este conocido hotel, jazz de aquí y de allá.

Aprovecho la ocasión para invitar a todos aquellos que realicen programas de radio o de TV, que tengan que ver con la temática, a que nos cuenten acerca de sus programas, días y horarios y donde sintonizarlos y si están en internet, para que todos podamos conocer mejor lo que hay para ver y escuchar.
Y a aquellos que escuchen o vean programas y los quieran recomendar, adelante, os animo a hacerlo!

NO TAN BIG ESTRENA SITIO
La No Tan Big, pequeña big band de La Plata comenta que ha rediseñado su sitio de internet y nos invita a visitarlo, tiene una estética renovada, muy dinámica y entretenida, con fotos, mp3’s y videos de la orquesta.
Esta en http://www.notanbig.com.ar que les aproveche!!

LEY DEL MÚSICO
Nos han enviado información acerca de la promulgación de la “Ley del Músico” una norma que fue creada en 1958, pero que recién ahora entra en vigencia con la firma del presidente Kirchner.
Se trata de una ley ambigua en algunos aspectos y controversial en otros.
Entre otras cosas la ley obliga a la matriculación de los músicos, con los pro y los contra que eso conlleva, y le otorga al SADEM la inscripción de la matrícula, de su cobro y el control de la ley.
A mi criterio tiene cuestiones muy discutibles, para que cada cuál saque sus propias conclusiones colgué el texto de la ley y del decreto del presidente, hacer clik en este link http://jazzyafines.blogspot.com/2006/04/ley-del-msico.html


Bueno, eso es todo por el momento.
Saludirijillos.
Darío Artiguenave

Ley del Músico

Para comprender un poco de que se trata y para que saquen sus propias conclusiones, aqui van el texto de la ley, el texto del decreto, y dos notas publicadas en el diario La Nación.

LEY N° 14.597
ESTATUTO DEL EJECUTANTE MUSICAL
SANCIONADO EL 20 DE SEPTIEMBRE DE 1958
PUB. B. OF. EL 29 – 10 – 58
Artículo 1° - A los fines de lo establecido en la presente Ley, se considerará ejecutante musical a la persona que, cualquiera sea el lugar y forma de actuación, desarrolle sus actividades de trabajo y las tareas que le son propias al músico “instrumental y/o vocal”, director, instrumentador, copista o dedicado a la enseñanza de la música.
Artículo 2° - La entidad musical con personería gremial otorgada de acuerdo con la Ley 14.485, tendrá a su cargo la matrícula general del ejecutante musical, que este estatuto crea, y ejercerá las funciones siguientes: a) Inscribirá a los profesionales comprendidos en el artículo 1°; b) Organizará el fichero general de ejecutantes musicales; c) Otorgará la credencial de ejecutante musical de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3°; d) Intervendrá en los casos de incumplimiento de este estatuto, con relación al régimen de trabajo, aplicación de sueldos mínimos, descanso hebdomadario y otros compensatorios, vacaciones y sueldos anuales, forma de pago, etc.; e) Considerará las reclamaciones o denuncias que por infracciones se les formulen; f) Organizará y tendrá a su cargo la administración de una Caja, que será la encargada de la recepción y distribución de los salarios y de los porcentajes para la atención de los riesgos de enfermedad y accidentes y de los porcentajes relativos a las Leyes 11.729 –antigüedad, indemnización por despido, etc.- que ingresen a la misma. Colaborará con la sección comercio –Ley 51.665 del Instituto Nacional de Previsión Social-, para el mejor desenvolvimiento del sistema de recepción de los aportes correspondientes.
Artículo 3° - La inscripción de los ejecutantes musicales es obligatoria para el ejercicio de la profesión y se acordará a los solicitantes que llenen los siguientes requisitos: a) Demostración de idoneidad mediante la aprobación de un examen de capacitación; b) A los efectos de cumplimentar este requisito se constituirá una mesa examinadora integrada por representantes de la entidad musical con personería gremial y representantes de la Comisión Nacional de Cultura, por partes iguales;
Artículo 4° - La entidad sindical con personería gremial expedirá, a las personas inscriptas en la matrícula, una credencial que acredite tal circunstancia.
Artículo 5° - A los efectos de la aplicación de la presente Ley, se considerará contratista principal a toda persona física o jurídica que contrate ejecutantes musicales, sea que actúen en forma individual o colectiva en actuaciones públicas o dirigidas al público. Será obligación del contratista principal, celebrar individual o colectivamente, en todos los casos, contratos de actuación de acuerdo con un modelo que será elevado por la entidad de referencia y aprobado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Artículo 6° - Será obligatoria la contratación de orquestas en los locales que realicen bailes y/o espectáculos musicales y perciban, para dar acceso o autorizar la permanencia en el mismo, un aporte de dinero en efectivo, en cualquier forma que sea, por concepto de entrada o consumición, quedando exceptuadas de esa obligación únicamente aquellas instituciones que están registradas exclusivamente como entidades de carácter mutual, de beneficencia y/o culturales y aquéllas que por la naturaleza de sus actividades o su capacidad económica quedaran excluidas por disposiciones reglamentarias.
Artículo 7° - La actuación del ejecutante musical no podrá exceder de cuatro horas y media diurnas o cuatro horas nocturnas continuadas por espectáculo, entendiéndose como nocturnas, las que se realicen entre las veintiuna y las ocho horas del día siguiente, debiendo alternarse en períodos iguales de actuación y descanso. En los sectores de trabajo que por su modalidad específica no puedan ajustarse a lo antedicho, los representantes de los dadores de trabajo y las autoridades de la Entidad Musical con personería gremial, podrán establecer condiciones distintas.
Artículo 8° - Los días viernes santos, de los difuntos, de la música, primero de mayo, veinticuatro y treinta y uno de diciembre, serán considerados feriados obligatorios, autorizándose a las empresas a utilizar en dichos días música mecánica, y a tales efectos la jornada de labor será considerada hasta las cuatro horas del día siguiente.
Artículo 9° - A partir de la promulgación de la presente Ley, todos los ejecutantes musicales pasarán automáticamente a ingresar a la Caja prevista por el artículo 2°, inc. f) del presente estatuto, que se denominará “Caja de Salarios y Prestaciones Sociales del Músico”. Esta Caja tendrá por objeto el indicado en el punto f) del artículo 2° de la Ley, y liquidará al ejecutante el importe de los salarios y prestaciones que indica el art. 10º; sólo se considera legalmente producido, mediante el depósito de los mismos en la Caja, de conformidad a lo establecido en dicho artículo. La organización, administración y funcionamiento de la Caja, así como el procedimiento por el cual la misma liquidará al ejecutante musical sus salarios y demás prestaciones de carácter social que le correspondan, serán establecidos por la Reglamentación a dictarse.
Artículo 10° - El contratista principal quedará librado de toda responsabilidad por antigüedad, despido, enfermedades inculpables, jubilación, vacaciones y demás cargas sociales, mediante un aporte global sobre el monto de las planillas de sueldos, que se hará en ocasión del pago y que será fijado por la reglamentación a dictarse.
Artículo 11° - El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, constituirá las comisiones paritarias que correspondan a cada uno de los grupos de trabajo que se indica en las siguientes clasificaciones: a) Teatros con música continuada (Opera, Operetas, Zarzuelas, Revistas, Variedades, etc.); b) Teatros o cines con música de entre actos; c) Hoteles, confiterías, restaurantes, cafés, cafés conciertos, bares americanos, peñas (sin pistas de baile y sin variedades); d) Confiterías, restaurantes, bares americanos, peñas, cabarets, boites con pistas de bailes; e) Establecimientos de bailes (academias de bailes de salón); f) Radios, televisión; g) Filmación y/o grabación de películas; h) Grabación de discos fonográficos; i) Parques de diversiones y circos;j) Orquestas y bandas sinfónicas, orquestas de cámaras; coros; k) Oficios religiosos; l) Institutos de enseñanza musical;ll) Bailes; m) Giras al interior y/o exterior.
Artículo 12° - Corresponderá a las comisiones paritarias establecer las condiciones generales de los convenios respectivos y en particular: a) Cuántas categorías corresponda diferenciar;b) Los sueldos mínimos para cada una de esas categorías; c) El número mínimo de ejecutantes musicales que han de emplearse.Las comisiones paritarias deberán ser integradas por los representantes de los contratistas principales de cada una de las actividades indicadas en el artículo anterior y por representantes de la entidad musical con personería gremial, y presididas por un funcionario del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Artículo 13° - El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social considerará oficialmente las denuncias sobre infracciones a las disposiciones de este estatuto, que por escrito le haga llegar la entidad musical con Personería Gremial, aplicando las sanciones y/o multas que considere pertinentes, y cuyo monto será fijado por la Reglamentación. Los importes de las multas ingresarán a la Entidad Musical con personería gremial, que aplicará su producto a la atención de los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley.
Artículo 14° - Hasta los sesenta (60) días de vigencia de este estatuto, se acordará la inscripción en la matrícula de ejecutante musical a los solicitantes que se hallaren afiliados en entidades reconocidas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, eximiéndolos del requisito de acreditar idoneidad.
Artículo 15° - Este estatuto entrará en vigencia a los sesenta (60) días de su promulgación.
Artículo 16° - (Es de forma).
……………………………………………………………………
3
La Matrícula Profesional de Músico
¿Cómo es el nuevo régimen laboral?¿Qué beneficios tiene este régimen?
El Régimen de Trabajo de los Ejecutantes Musicales está conformado por una serie de normas: la Ley 14.597 “Estatuto Profesional del Músico”, el Decreto reglamentario 520/05, y los Convenios Colectivos de Trabajo específicos. En conjunto, todos ellos forman la trama legal que asegura a los músicos sus condiciones de trabajo (salarios, jornada laboral, seguridad, estabilidad) y los derechos de seguridad social para él y para su familia (salud, asignaciones familiares).Pero el beneficio principal de la matriculación profesional para los músicos ?además de los ya señalados? deviene, justamente, de su profesionalización. La condición de músico está ahora respaldada y garantizada por el examen que acredita la idoneidad para el ejercicio de la profesión. La matrícula profesional es otorgada por la Sociedad Argentina de Músicos (SAdeM) en base al dictamen de una mesa examinadora conformada con miembros designados respectivamente por la SAdeM y por la Secretaría de Cultura de la Nación.La matrícula es obligatoria para el ejercicio profesional. Ningún empresario podrá contratar músicos no matriculados, es decir por fuera del orden legal. Además de reglamentar la matriculación, el Decreto 520/05 obliga a la firma de contratos homologados por el Ministerio de Trabajo (art. 3). Asegura, por lo tanto, que la contratación sea escrita y respaldada legalmente.Todo esto constituye una herramienta insustituible para erradicar de nuestra profesión prácticas tan difundidas como el trabajo en negro, la subcontratación y la contratación de músicos no profesionales o improvisados (o directamente de no-músicos), situaciones que contribuyen a deteriorar las condiciones de contratación, de trabajo y salariales, en perjuicio de los convenios colectivos y de la cobertura de Obra Social. La eliminación de estas prácticas, por eso mismo, restringe la “competencia desleal” y garantiza la vigencia de nuestros derechos laborales.

¿Cómo se ingresa al nuevo régimen laboral?
Como indicamos más arriba, para integrarse a este régimen es necesaria la acreditación ?ante mesa examinadora? de la idoneidad para el ejercicio de la profesión. Este requerimiento reconoce excepciones, descriptas en el art. 2 del Decreto 520/05. La SAdeM extenderá la Matrícula Profesional a aquellos músicos que cumplimenten esta normativa.Importante: El día 4 de diciembre de 2005 vence el plazo de ley para aquéllos que en virtud del Decreto 520/05 están exceptuados del requisito de acreditación.
¿Qué trámite hay que hacer para matricularse?
Debe completarse el Formulario de Matriculación, adjuntando: • Fotocopia del DNI, • Fotocopia de la documentación que se aporta para acreditar la profesionalidad, y • Currículum profesional.• En el caso de aquellas personas diplomadas por Conservatorios de Música que otorguen título oficial, fotocopia legalizada de dicho título.Toda la documentación debe ser presentada en la sede de la SAdeM, Av. Belgrano 3655 (Ciudad de Buenos Aires), 1er. piso, de lunes a viernes, de 10 a 17 hs.
¿Tiene costo matricularse?
La matrícula tiene vigencia por un año, y su costo anual es de $96. La finalidad de este importe es cubrir los gastos de implementación del nuevo régimen, que no sólo implica la extensión de la credencial sino el sostenimiento de un sistema de control (inspectores en los lugares de trabajo, seguimiento de contratos, etc.) capaz de garantizar que los beneficios mencionados lleguen a los músicos.


DECRETO
(Poder Ejecutivo Nacional) 520/2005
Regímenes Laborales. Ejecutantes musicales.
Ley 14597. Reglamentación
VISTO:El expediente 1.076.017/2003 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la ley 14597, y
CONSIDERANDO:Que por la ley 14597 se aprobó el Régimen Legal de Trabajo de los Ejecutantes Musicales, denominado “Estatuto Profesional del Músico”.Que por el artículo 1 de la referida ley se define ejecutante musical a la persona que, cualquiera sea el lugar y forma de actuación, desarrolle sus actividades de trabajo y las tareas que le son propias al músico (instrumental y/o vocal), director, instrumentador, copista o dedicado a la enseñanza de la música.Que por el artículo 2 de la ley citada, se puso a cargo de la entidad musical con personería gremial, la organización y administración de la matrícula general del ejecutante musical y una caja encargada de la recepción y distribución de los salarios y prestaciones sociales.Que por el artículo 3 se estableció la obligatoriedad de la inscripción previa acreditación de la idoneidad del ejecutante musical, extremo que se cumplimenta a través de un examen de capacitación.Que a esos efectos la norma contempló la conformación de una mesa examinadora integrada por la representación sindical de los trabajadores ejecutantes musicales y el ESTADO NACIONAL, a través de la entonces COMISIÓN NACIONAL DE CULTURA, cuya competencia incumbe actualmente a la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.Que se ha entendido necesario reglamentar el texto legal mencionado, estableciendo los criterios generales para su aplicación, a fin de lograr una adecuada organización de la matrícula y asegurar la profesionalidad de quienes desarrollan esta actividad, constituyendo una herramienta fundamental para la eliminación del trabajo no registrado.Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 99, inciso 2, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:Art. 1 - A los fines de la aplicación del Estatuto Profesional del Músico, aprobado por la ley 14597, se entenderá por:MÚSICO: toda persona que ejerce el arte de la música, que interpreta y/o compone de manera instrumental y/o vocal cualquier obra musical.DIRECTOR: la persona encargada de conducir y liderar un conjunto de músicos para la interpretación y ejecución de una obra musical.INSTRUMENTADOR Y/O ARREGLADOR: es el músico que recrea y rearmoniza la interpretación y ejecución de una obra musical para cada uno de los integrantes de un grupo, conjunto u orquesta.COPISTA: es el músico que en forma manual o mecánica transcribe una obra musical o arreglo en tantas partituras como intérpretes vayan a ejecutarla.PERSONA DEDICADA A LA ENSEÑANZA DE LA MÚSICA: todo músico que cuenta con título habilitante para ejercer la enseñanza del arte de la música impartiendo conocimientos y estudios sobre teoría, historia, ejecución de instrumentos y/o canto y todo lo relacionado con las reglas del arte musical.Art. 2 - A efectos de constituir la mesa examinadora a que se hace referencia en el artículo 3 de la ley 14597, la entidad sindical con personería gremial, en su ámbito personal y territorial a través de los mecanismos estatutarios correspondientes, elegirá y designará TRES (3) músicos de reconocida trayectoria en la profesión que integrarán la mesa juntamente con los representantes de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, los que serán seleccionados y designados por dicho organismo, debiendo ser TRES (3) músicos de reconocida trayectoria musical. Los SEIS (6) integrantes de la Mesa deberán estar debidamente matriculados, con excepción de la constitución de la primera mesa examinadora.El examen de idoneidad será obligatorio para la inscripción en la matrícula general del ejecutante musical con excepción de los siguientes casos:a) Los diplomados por aquellos Conservatorios de Música que otorguen título oficial (nacional, provincial o municipal), en las carreras de intérprete ejecutante musical, composición, dirección orquestal, dirección coral, y docente de música.b) Los catedráticos, profesores y maestros de renombre que dirijan o hayan dirigido orquestas o coros oficiales.c) Los músicos de cualquier género y especialidad que se encuentren en actividad profesional debidamente comprobada a la fecha de entrada en vigencia de la presente reglamentación y que lo solicitaran en el término de hasta SEIS (6) meses a partir de dicha fecha.La matrícula profesional otorgada según lo establecido en la presente reglamentación, será obligatoria para el ejercicio de la profesión.Déjase establecido que se encuentran eximidos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 de la ley 14597, aquellos ejecutantes musicales que hayan acreditado los requisitos previstos por el artículo 14 del citado ordenamiento legal.Art. 3 - Los modelos de contratos de actuación que deberán suscribir las partes serán, en todos los casos, aquéllos derivados de los instrumentos y disposiciones contenidas en cada uno de los convenios colectivos de trabajo homologados por la Autoridad de Aplicación y aplicables a la actividad.Art. 4 - Facúltase al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y a la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en su carácter de Autoridad de Aplicación, a dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, las normas aclaratorias y/o complementarias al presente.Art. 5 - De forma.

LA NACION
Martes 28 de marzo de 2006
Noticias Entretenimientos Nota

Pasado mañana se hará una mesa debate sobre el tema
Con licencia para tocar y cantar
Según la ley 14.597, el músico es un trabajador profesional
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Desde el 14 de abril de 2005, cualquiera que suba a un escenario a cantar o a tocar un instrumento y quiera cobrar por lo que hace deberá tener una matrícula que lo habilite como músico (es obligatoria y se obtiene luego de pasar por una mesa examinadora). Así lo dice la ley 14.597. Lo más llamativo es que el Estatuto Profesional del Músico (conocido como ley del músico) fue sancionado como ley nacional en 1958, pero recién el año pasado se reglamentó para su aplicación, mediante el decreto 520/05 del Poder Ejecutivo. ¡Pobrecitos los DJ! Ahora no podrán andar diciendo por ahí, "esta noche voy a «tocar» en tal lugar". ¿Los violistas seguirán siendo víctimas de los pesados chistes de sus compañeros? ¿Y cuál será la situación de los bateristas, considerados por muchos del ambiente rockero "los mejores amigos de los músicos"? Bromas aparte, el tema da para el debate. Por eso, pasado mañana, a las 18.30, se realizará una mesa redonda en el Auditorio de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, Riobamba 25, para discutir varios puntos de esta la ley. ¿Ejemplos? El hecho de que una "entidad sindical con personaría gremial", en este caso la Sociedad Argentina de Músicos (Sadem), se encargue de otorgar licencias y realizar controles. Hay otras cuestiones, como el paso del amateurismo a la profesionalización, la renovación anual de una matrícula que cuesta 96 pesos, la necesidad de regular la actividad musical. Ricardo Vernazza, secretario gremial de Sadem, responde algunas dudas. "Lo principal es el reconocimiento de la tipicidad y el hecho de que la labor del músico está homologada como actividad profesional. No hay obligación de ser afiliado al sindicato para obtener la matrícula. El sindicato puede ser discutido como cualquier otro. No digo que esto sea la maravilla. Pero permite que los beneficiarios tengan un acceso directo para remover, para cambiar, para opinar sobre todo lo que tenga relación con esto. Acá, si la administración no gusta, cada cuatro se puede cambiar." Los beneficios para el que toca en una orquesta o tiene un grupo y actúa en pubs están relacionados con las condiciones de trabajo. Ningún empresario podrá contratar a un músico sin matrícula. Seguramente ése sea uno de los temas que más repercutirán en el circuito musical. Porque todo apunta a regularizar la situación de los músicos en condición de empleados.
Controles. Sadem tiene atribuciones de auditoría. Entonces, si en un grupo de cuatro músicos uno no tiene matrícula, ¿una inspección puede suspender el show en un bar habilitado para música en vivo, en una pequeña sala o un gran teatro? "No -dice Vernazza-, pero le caben al empleador todas las obligaciones, multas y penas por incumplimiento de la ley y de los convenios colectivos de trabajo." Profesionalismo. ¿Dejarán de existir los coros amateurs? ¿Los chicos ya no podrán tocar para los amigos si cobran una entrada? "El problema es que se ha borrado el límite entre profesionalidad y amateurismo. Yo, por ejemplo, soy músico de rock. Cuando empecé, tocaba gratis en una escuela o en el club del barrio. En cambio, en el pub cobrábamos porque había una actividad lucrativa. Hoy hay inescrupulosos que hasta les cobran a los chicos por tocar. En estos locales van a tener que ser profesionales. Así van a tener que pagarles y van a contar, por ejemplo, con una aseguradora de riesgo de trabajo. Por otro lado, con el tiempo se va a acomodar el circuito amateur. Es decir: el que quiera tocar gratis y seguir mostrando sus cosas va a poder seguir haciéndolo. Nunca vamos a ir a una escuela para exigirles a los que estén tocando para la cooperadora." Alcance. En la Capital Federal y el Gran Buenos Aires ya hay unos 2000 matriculados, pero en Sadem estiman que en todo el país podrían estar habilitados como "profesionales" cerca de 90.000 músicos. Eso bajaría la cuota anual de 96 pesos, que es la que se cobra en la ciudad de Buenos Aires. "Ahora, si cobráramos 10 pesos y no pudiéramos poner un cuerpo de inspectores en la calle sería un robo más. La idea es poder tener un control mucho más amplio de lo que se tenía hasta ahora. El costo [de la licencia] seguramente bajará a medida que haya nuevos matriculados." Mesa examinadora. Casi como sacar el registro para manejar (particular, profesional, de carga...), esta matrícula puede ser para músicos, copistas, arregladores y directores. La fría letra de la ley dice que hay que pasar por una mesa examinadora. Pero si los antecedentes acreditados son suficientes (títulos de conservatorios, carreras musicales comprobables, entre otros) el músicos no tendrá que sentarse frente a seis examinadores. Es que debe dar miedo estar frente a profesores como el talentoso y ácido pianista Manolo Juárez o al reverenciado guitarrista Miguel Botafogo, que sólo con su barba habrá asustado a más de un niño. A no asustarse que la cosa no aparenta ser tan grave. ¿Un dato? No es necesario saber leer pentagramas porque, según aclara Vernazza, "la ley habla de idoneidad, no de técnica". ¿Será éste el argumento que utilicen los DJ para defender su derecho a "tocar"? "No va a haber matrícula para ellos porque nosotros no los consideramos músicos", sentencia el compañero Vernazza, en el mismo tono socarrón con el que fue hecha la pregunta. Pero toda broma tiene algo de verdad. Que comience el debate.
Mauro Apicella

LA NACION
Miércoles 29 de marzo de 2006
Noticias Entretenimientos Nota
Música popular

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LEY DEL MUSICO Manolo Juárez aclara bastante enojado
Para la nota publicada ayer acerca de la ley del músico, la Sociedad Argentina de Músicos (Sadem) informó a LA NACION que entre los artistas de reconocida trayectoria que integraban su mesa examinadora se encontraba Manolo Juárez. Sin embargo, al ver la nota el pianista se comunicó con esta Redacción para explicar que no participa como examinador para la entrega de matrículas que habilitan para ejercer actividades musicales. "Mi nombre apareció como integrante de la mesa examinadora por el decreto que reglamenta esa ley (la 14.597). Fue de manera inconsulta. Nunca nadie me pidió permiso. No hubo autorización para eso", dijo, enojado con las autoridades.

 
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